ANUNCIO del Ayuntamiento de Tarazona, por el que se presta conformidad al criterio interpretativo del artículo 13.3.1. y 13.3.2 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana vigente, elaborado por los Servicios Técnicos Municipales:
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2020, adoptó un acuerdo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“…/…
PRIMERO.- Prestar conformidad al criterio interpretativo del artículo 13.3.1. y 13.3.2 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana vigente, elaborado por los Servicios Técnicos Municipales fechado a 21 de febrero de 2020 de tal manera que:
- Artículo 13.3.2: Las condiciones de parcela mínima, altura mínima, volumen máximo y % de ocupación no serán computables aquellas instalaciones auxiliares o funcionales que no tengan la consideración de edificación y que estén vinculadas a las explotaciones ganaderas, (balsas de almacenamiento de agua, de purines, fosas de cadáveres, silos o depósitos prefabricados de chapa o similares, vados sanitarios, etc.), sin perjuicio de garantizar una superficie suficiente de parcela para el correcto funcionamiento de la instalación, todo ello, sin perjuicio de la legislación sectorial en materia de actividades e instalaciones ganaderas.
Artículo 13.3.2: Las condiciones de separación a linderos se aplicarán de conformidad con la Ordenanza Municipal Reguladora de Uso, Mantenimiento y Mejora de los Caminos Rurales de Tarazona, todo ello, sin perjuicio de la legislación sectorial en materia de actividades e instalaciones ganaderas.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Aragón, así como en la web municipal y en el portal de transparencia (6. Urbanismo, obras públicas y medio ambiente. 6.1 Normativa urbanística), para su difusión y general conocimiento.
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a las Áreas de Obras, Urbanismo y Servicios, así como Patrimonio Rural y Medio Ambiente, para su conocimiento y efectos.
CUARTO.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para la ejecución del presente acuerdo..”